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Servicio Público Esencial de Prevención y Atención de Incendios


ARTÍCULO 356 CONSTITUCIÓN POLÍTICA - …

La ley, a iniciativa del gobierno, fijará los servicios a cargo del Nación y de las entidades territoriales…

uEn cuanto a la clasificación de los servicios públicos, existen tantas clasificaciones como autores, pero existe la clasificación fundamental: Domiciliarios y Esenciales.
 
u“LOS SERVICIOS PÚBLICOS DEBEN BUSCAR EL BIENESTAR GENERAL Y EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN, QUE SON FINALIDADES SOCIALES DEL ESTADO
(ART. 366 CONSTITUCIÓN POLÍTICA)

 

uARTÍCULO 365 CONSTITUCIÓN POLÍTICA – Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación EFICIENTE a todos los habitantes del territorio nacional.

 

…podrán ser prestados por el Estado, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, por comunidades organizadas, o por particulares… 

uLa regulación constitucional y legal de los servicios públicos básicamente se encuentra en:

uARTÍCULOS 48 transitorio, 78,150-23, 313-1, 334, 365, 366, 367, 369, 370 de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.
 
uLa Corte Constitucional ha manifestado sobre el concepto:
 
u“Los servicios públicos son el medio por el cual el Estado realiza los fines esenciales de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes constitucionales (art. 2 de la C.P.). El sentido y razón de ser de los poderes constituidos es el servicio a la comunidad, a la satisfacción de sus necesidades y la protección de los derechos individuales de sus miembros”. (Corte Constitucional, sentencia T-540 de septiembre 24 de 1992). 
 
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Ley 1575 de 2012 Artículo 2º. Gestión integral del riesgo contra incendio. La gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, estarán a cargo de las instituciones Bomberiles y para todos sus efectos, constituyen un servicio público esencial a cargo del Estado.

Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional, en forma directa a través de Cuerpos de Bomberos Oficiales, Voluntarios y aeronáuticos.

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